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Campo DC Valor Lengua/Idioma
dc.provenanceUniversidad Nacional de Villa María-
dc.contributorSader Gustavo-
dc.creatorGómez Maria Eugenia-
dc.date2018-
dc.date.accessioned2019-07-01T17:37:00Z-
dc.date.available2019-07-01T17:37:00Z-
dc.date.issued2018-
dc.identifierhttp://biblio.unvm.edu.ar/opac_css/idnotice=37224-
dc.identifier37224-
dc.identifier20190627u u u0frey0103 ba-
dc.identifier.urihttp://rodna.bn.gov.ar/jspui/handle/bnmm/329132-
dc.description65 p.-
dc.descriptionLa ética de los seres humanos en la vida cotidiana es un tema que, a todas luces, resulta controvertido, esta situación se agrava aún más cuando se refiere al desenvolvimiento en la actividad profesional (actividad especializada que requiere de conocimientos técnicos o científicos particulares). La ética, como concepto general, es entendida como “la ciencia de la conducta humana, que estudia la forma de actuar de los hombres frente a sus semejantes y la manera en la que se desenvuelven en sus actividades diarias”; muchas veces, se la confunde con la moral, distinguiéndose entre sí, básicamente por el hecho de que mientras que la moral, en cierta forma, es impuesta de manera externa con un tinte obligatorio, la ética surge de la interioridad de la persona una vez aprehendidos ciertos conceptos básicos del buen comportamiento. Por su parte, la ética profesional puede entenderse como “la ciencia normativa que estudia los deberes y los derechos de los profesionales en el cumplimiento de las actividades que les son propias”. Este concepto se encuentra íntimamente vinculado con la libertad en su accionar que tienen las personas para decidir la actitud a adoptar. La ética, la libertad y la responsabilidad son conceptos que se encuentran íntimamente vinculados, como consecuencia de que sólo en un contexto de amplia libertad puede la persona decidir la manera en la que desea actuar y de acuerdo al sentido de su elección deberá responsabilizarse de su accionar. En el ámbito particular de las ciencias económicas, los profesionales (de manera más específica, los contadores) encuentran compilados en el Código de Ética Unificado todos aquellos objetivos, deberes y principios que les competen en cuanto al desarrollo de su labor profesional, estando sujetos a sanciones específicas que se gradúan de acuerdo con la gravedad y magnitud del hecho particular que dio nacimiento al mismo, en caso de incumplimiento de aquellos. Para poder regular, controlar y verificar el correcto desenvolvimiento de la actividad profesional, existen Consejos Profesionales de Ciencias Económicas en cada una de las provincias, los cuales cuentan a su vez con un Tribunal de Ética, este último órgano se ocupa, particularmente, de entender en cada uno de los casos donde los preceptos éticos establecidos en el Código de Ética se vulneren, analizando y aplicando las sanciones que crean pertinentes de acuerdo con la magnitud y gravedad del hecho. Entre otros deberes que tienen los profesionales en Ciencias Económicas, se encuentra el de resguardar el secreto profesional, entendido el mismo como la obligación de mantener bajo reserva toda información referida al cliente obtenida como consecuencia de su labor profesional. A pesar de esto, en el mismo Código de Ética se admiten (y enumeran taxativamente) circunstancias ante las cuales el contador puede revelar información, situación que de otra manera constituiría violación al secreto profesional, estando relacionadas, en términos generales, con requerimientos judiciales o autorización del propio cliente, siempre dentro de límites razonables que no impliquen un exceso de atribuciones. Por último, ante los casos de incumplimiento de los deberes éticos de la profesión, la Ley 20.488 (reguladora de los aspectos generales y básicos para el ejercicio de la actividad profesional de Contadores, Licenciados en Administración, Licenciados en Economía, Actuarios y equivalentes) establece 5 tipos de sanciones a aplicarse de acuerdo con la magnitud y gravedad de los hechos, a saber: Advertencia; Amonestación privada; Apercibimiento público; Suspensión en el ejercicio de la profesión de un (1) año; Cancelación de la matrícula. Sin embargo, de acuerdo a la gravedad de los hechos podrían corresponderle al profesional sanciones civiles y/o penales.-
dc.formatapplication/pdf-
dc.languagespa-
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccess-
dc.source.urihttp://biblio.unvm.edu.ar/opac_css/idnotice=37224-
dc.subjectEthics-
dc.subjectÉtica-
dc.subjectÉthique-
dc.subjectOccupational qualifications-
dc.subjectCompetencia profesional-
dc.subjectQualification professionnelle-
dc.subject6.25 Economics-
dc.subject6.25 Economía-
dc.subject6.25 Economie-
dc.subjectLabour-
dc.subjectTrabajo-
dc.subjectTravail-
dc.subjectWorkers-
dc.subjectTrabajador-
dc.subjectTravailleur-
dc.titleLa ética profesional del contador público y el secreto profesional-
dc.typetrabajo final de grado-
Aparece en las colecciones: Universidad Nacional de Villa María

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