Registro completo de metadatos
Campo DC Valor Lengua/Idioma
dc.provenanceUniversidad Nacional de Villa María-
dc.contributorBustos José María-
dc.creatorOlivieri María Victoria-
dc.date2018-
dc.date.accessioned2019-07-01T17:36:59Z-
dc.date.available2019-07-01T17:36:59Z-
dc.date.issued2018-
dc.identifierhttp://biblio.unvm.edu.ar/opac_css/idnotice=37202-
dc.identifier37202-
dc.identifier20190618u u u0frey0103 ba-
dc.identifier.urihttp://rodna.bn.gov.ar/jspui/handle/bnmm/329125-
dc.description48 p.-
dc.descriptionil. byn.-
dc.descriptionEl Régimen Simplificado, más conocido como Monotributo, consiste en un Régimen Tributario Integrado y Simplificado, opcional, relativo a los Impuestos a las Ganancias, al Valor Agregado y al sistema previsional, destinado a los “pequeños contribuyentes”: sujetos definidos en la legislación que cumplimentan en forma global los requisitos impuestos por la misma. Se concede o se reserva la posibilidad de optar por el Régimen sólo a las sociedades que acojan la tipología de “Sociedades de la Sección IV de la Ley General de Sociedades N° 19550”, es decir a aquellas sociedades que no adoptan la forma de sociedades colectivas, de capital e industria, en comandita simple, de responsabilidad limitada, sociedades anónimas o sociedades en comandita por acciones. Las sociedades deben contar con un número máximo de tres (3) integrantes, cada uno de los cuales deben cumplir, individualmente, y como primera medida de evaluación, con todos los requisitos que se solicitan a las personas físicas. Una vez verificada dicha situación, se procede a analizar los atributos de la sociedad, condición esta imprescindible. La categorización y el importe de impuesto a ingresar presentan condiciones particulares. Las sociedades tienen a su cargo el pago del impuesto correspondiente y deberán categorizarse a partir de la Categoría D en adelante, debiendo adicionar al monto que le corresponda según como queden encuadrados, un incremento del veinte por ciento (20%) por cada uno de los socios integrantes. Por último, en lo que hace a la inscripción, se deberá presentar en la dependencia que corresponda al domicilio fiscal de la persona jurídica que se pretende inscribir, la siguiente documentación: Contrato certificado por escribano público en original y fotocopia; Dos pruebas del domicilio de la sociedad; Formulario N°420/J por duplicado; El acuse de recibo de la presentación efectuada; La impresión de la "aceptación del trámite" y Documento Nacional de Identidad de los Socios original y fotocopia. Una vez lograda la misma, se continúa el tramite vía web en la forma que se describe líneas abajo.-
dc.formatapplication/pdf-
dc.languagespa-
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccess-
dc.source.urihttp://biblio.unvm.edu.ar/opac_css/idnotice=37202-
dc.subjectLegal systems-
dc.subjectRégimen jurídico-
dc.subjectSystème juridique-
dc.subjectImpuestos-
dc.subjectImpuestos-
dc.subjectDerecho tributario-
dc.subjectDerecho tributario-
dc.subjectIncome tax-
dc.subjectImpuesto sobre la renta-
dc.subjectImpôt sur le revenu-
dc.titleEstudio e inscripción en el régimen simplificado para pequeños contribuyentes de una sociedad de la sección IV de la Ley General de Sociedades nº 19550-
dc.typetrabajo final de grado-
Aparece en las colecciones: Universidad Nacional de Villa María

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